Movilidad eléctrica

SEÑALIZACIÓN DE PARQUEADEROS PREFERENCIALES PARA VEHÍCULOS ELÉCTRICOS

El Decreto 191 del 23 de febrero del 2021 reglamenta la identificación de los parqueaderos preferenciales de vehículos eléctricos, el logotipo y color que deben llevar, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1964 de 2019, que determinó la destinación de mínimo el 2% de las plazas de parqueo para uso preferencial de vehículos eléctricos.

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Las zonas de parqueo para vehículos eléctricos deberán tener un logo con una P y un enchufe de color blanco sobre un fondo verde. Estos espacios no pueden reemplazar las plazas destinadas para las personas con movilidad reducida ni los puestos de ciclo parqueaderos.

El decreto de identificación de parqueaderos preferenciales para vehículos eléctricos lo deben cumplir las entidades públicas y establecimientos comerciales que ofrecen al público sitios de parqueo, en los municipios de más de 50.000 habitantes. Las disposiciones previstas en el Decreto 191 tienen un término máximo para ser ejecutadas de doce (12) meses contados a partir de la entrada en vigencia,  es decir para el 23 de febrero del 2022 ya deben estar implementadas.

La ubicación del logotipo de los parqueaderos preferenciales para vehículos eléctricos deberá estar demarcada en la parte central dentro del área para el parqueo del respectivo vehículo.

El decreto establece además que la señalización vertical dependerá de la estética del lugar, en todo caso, debe estar a una altura visible, y las dimensiones deben ser de 60 centímetros de ancho por 60 centímetros de largo. 

Aquí puedes descargar el manual de uso y una plantilla lista para imprimir y realizar la identificación de los parqueaderos preferenciales para vehículos eléctricos.

Descarga aquí el decreto 191 del 23 de febrero del 2021.

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